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Pleno

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El Pleno

El Pleno, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen local en su redacción dada por la Ley 57/2003, de medidas para la modernización del gobierno local, está formado por el Alcalde y los Concejales y es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal. Asimismo, cuenta con un Secretario General perteneciente a la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación Estatal y ejerce sus funciones mediante sesiones plenarias de todos sus componentes y comisiones del pleno, formadas por los miembros que designen los grupos políticos en proporción al numero de concejales que tengan en el Pleno.

Entre sus competencias más importantes se encuentran la aprobación de los presupuestos anuales, del planeamiento urbanístico y las ordenanzas y reglamentos municipales.